Reglamento de la Dinámica:
"SUBÍ EL NIVEL CON WELCH’S"

REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN DENOMINADA “SUBÍ EL NIVEL CON WELCH’S”.

Artículo Primero.- Patrocinadores y empresas participantes

La patrocinadora responsable de la dinámica regulada por el presente reglamento es la empresa CIAMESA S.A., titular de la cédula jurídica 3-101-192302, en adelante conocida como la empresa patrocinadora en conjunto con la empresa Ciamesa en adelante ambas empresas en conjunnto conocidas como: empresas participantes.

Artículo Segundo.- Nombre y objeto de la dinámica

 La dinámica se denomina “SUBI DE NIVEL CON WELCHS” y tiene por objeto premiar a los consumidores de la marca WELCHS que realicen compras en el periodo establecido en este reglamento de productos Welch´s indicados en este reglamento.

Artículo Tercero.- Participantes

Podrán participar en esta dinámica toda persona mayor de edad, debidamente identificada que realice la compra de productos Welch´s indicados en este reglamento en los diferentes puntos de venta del territorio nacional donde esté presente el producto, entre el periodo comprendido del 23 de febrero del 2026 y el 31 de mayo del 2026.

Artículo Cuarto.- Productos

Los productos marca WELCH´S distribuidos por CIAMESA SA que forman parte de esta dinámica son, en forma única y exclusiva, los siguientes:.

ARTÍCULO DESCRIPCIÓN
33685 JALEA WELCHS UVA JAM 510G FC
33701 JALEA WELCH DE UVA REDUC SUGAR JELLY 484G
33703 JALEA WELCH DE UVA CONCOD GRAPE JAM 566G
33704 JALEA WELCH UVA CONCORD GRAPE JELLY 566G
33706 JALEA WELCH DE FRESA SPREAD 566G
43293 JUGO WELCHS STRAWBERRY/KIWI 473ML BT
43294 JUGO WELCHS ORANGE/PINEAPPLE 1.89L BT
43297 JUGO WELCHS STRAWBERRY/KIWI 1.89L BT
43302 JUGO WELCHS FRUIT PUNCH 96ONZ/2.83L BT
43306 JUGO WELCHS ORANGE PINEAPPLE 10 OZ/295ML
43307 JUGO WELCHS ORANGE/PINEAPPLE 473ML BT
43309 JUGO WELCHS FRUIT PUNCH 473ML BT
43310 JUGO WELCHS 100% UVA MORADA 295ML BT
43311 JUGO WELCHS CRANBERRY/COCKTAIL 10OZ/295ML
43312 JUGO WELCHS GRAPE PET 10 OZ(295ML)
43313 JUGO WELCHS GRAPE COCKTAIL 473ML BT
43316 JUGO WELCHS 100% JUICE-APPLE 10 OZ/295ML
43317 JUGO WELCHS UVA MORADA 473ML BT
43318 JUGO WELCHS CRANBERRY COCKTAIL 473ML BT
43330 JUGO WELCHS UVA MORADA 1360ML BT
43334 JUGO WELCHS UVA BCA 1892ML BT
43338 JUGO WELCHS UVA MORADA LIGHT 1892ML
43345 JUGO WELCHS UVA MORADA 1892ML BT
43354 6PACK WELCH SURTIDO 295ML 3GRAPE+3FRUIT
43456 20PACK WELCH GRAPE PET 295ML BT
43497 24 PACK WELCH JUGOS TROPICALES 295ML
43504 6PACK JUGO WELCHS STRAWBERRY ZERO 295ML
43506 6 PACK JUGO WELCHS CONCORD ZERO 295ML
43507 6 PACK JUGO WELCHS TROPIC PUNCH ZERO 295ML
73375 JUGO WELCHS FRUIT PUNCH 295ML BT
73379 JUGO WELCHS STRAWBE/KIWI 295ML BT

Artículo Quinto.- Procedimiento para participar

Todo consumidor que desee participar podrá hacerlo activando dentro del periodo de la dinámica el código QR incluido en los productos Welch´s participantes que haya adquirido en alguno de los puntos de venta indicados y deberá ingresar los datos personales que allí se indican, siendo el participante el responsable de la inclusión correcta y veraz de los datos. Los productos participantes “WELCH´S” se encuentran señalados en el artículo cuarto del presente reglamento y que son distribuidos por CIAMESA SA.

Artículo Sexto.- Premios

La presente dinámica entregará los siguientes premios. Tres Consolas de juegos Nintendo Switch 2.

La coordinación logística, elección de ganadores y todas las gestiones necesarias para la entrega del premio referido, estarán a cargo de la empresa IDEAS MCW con la fiscalización de la empresa distribuidora de la marca Welch´s en Costa Rica “CIAMESA SA.” El premio no incluye gastos personales o cualquier otro servicio o gasto ajeno a lo dispuesto en el presente reglamento. En caso de que el premio no sea retirado o de que no sea entregado al ganador o ganadora en razón del incumplimiento de este de las regulaciones y condiciones de este reglamento o si el favorecido o favorecida no acepta el premio o las condiciones del mismo, el premio se considerará renunciado y extinguido en relación al favorecido y no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente después del 31 de julio del 2026.  

Artículo Séptimo.- Aceptación de las condiciones

Es entendido que, por el hecho de activar un código QR dentro del periodo de la dinámica en la página “WELCH´S CR” entre el 23 de febrero 2026 al 31 de mayo 2026; el participante acepta sin reservas todas y cada una de las condiciones y regulaciones de este Reglamento y aquellas aplicables para el retiro del premio en caso de resultar favorecido.

Artículo Octavo.- Plazo de la promoción

Esta dinámica será válida del 23 de febrero 2026 hasta el 31 de mayo del 2026.

Artículo Noveno.- Forma y fecha del sorteo.

Se procederá con la realización del sorteo el 16 de junio del 2026 en las oficinas de IDEAS de MCW. El sorteo se realizará mediante un sistema electrónico que eligirá de forma aleatoria a los ganadores entre todas las activaciones del código QR indicado en este reglamento que se hayan realizado durante el periodo de esta promoción.

Artículo Décimo.- Información al ganador y entrega del premio

Los ganadores del sorteo serán contactados por la empresa patrocinadora por medio de la empresa IDEAS MCW, a más tardar al día siguiente de realizado el sorteo utilizando los medios de contacto que estos hayan indicado en la activación del código QR, para que se presenten a retirar el premio en las sus oficinas. . Para hacer efectivo el premio, quien resulte ganador deberá presentarse previa coordinación con servicio al cliente de la empresa patrocinadora, con la identificación vigente y en buen estado, en las oficinas de la agencia de publicidad Ideas MCW ubicadas en San Pedro de Montes de Oca, contiguo al supermercado Perimercados, antiguo supermercado Muñoz & Nanne, en un horario de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. de lunes a viernes o en el lugar que la empresa patrocinadora designe para retirar el premio. El reclamo del premio deberá hacerse a más tardar el día 31 de julio de 2026 en el horario de cierre de Ideas MCW a las 5:00 pm. Posterior a esta fecha y hora, ni la patrocinadora ni ninguna de las empresas participantes en esta promoción, tendrán obligación alguna de entregar el premio, ni ninguna otra obligación en relación a esta dinámica. El premio no es transferible, negociable, ni puede ser comerciado o canjeado. El premio será entregado únicamente a la persona que fue declarada como favorecida en el sorteo de la presente dinámica de acuerdo a los datos que ingresó con la activación y que presente su identificación cumpliendo las condiciones indicadas en el presente reglamento. El patrocinador no entregará ningún premio a quien no se identifique con su cédula o pasaporte al día o que los datos de identificación en estos documentos no coincidan con los ingresados al momento de la activación del código QR. Si se demuestra que una persona no brindó los datos correctos o recibió un premio por medio de engaño, el patrocinador podrá reclamar el precio del premio entregado en cualquier momento y se reserva el derecho de tomar las acciones legales del caso.

Artículo Décimo Primero.- Premio no reclamado

El derecho del ganador de retirar su premio expira al no reclamarlo a más tardar el 31 de julio del 2026 a las 05 pm, a menos que exista una causa justificable a juicio de la empresa patrocinadora de esta dinámica. Si un ganador (a) no se presenta y no justifica su ausencia, el premio se tendrá por renunciado tácitamente y podrá declararse desierto, igual circunstancia se dará en caso de que el ganador o ganadora rechace el premio en forma expresa o se rehúse a firmar la documentación correspondiente para hacerlo efectivo, quedando las empresas participantes en esta promoción, libres de toda responsabilidad.

Artículo Décimo Segundo.- Limitaciones y prohibiciones adicionales

a) La responsabilidad de la empresa patrocinadora de esta dinámica finaliza con la entrega del premio al participante ganador o en caso de no reclamo del premio, su responsabilidad finaliza al cumplirse el plazo para el reclamo del mismo. Esta empresa y cualquier otra que interviniere en la dinámica, no se hacen responsables del uso que se dé al premio o por daños o perjuicios ocasionados por el disfrute del mismo. b) Las empresas participantes en esta dinámica no cubrirán los gastos en que incurra la persona para participar en la dinámica regulada por este reglamento, tampoco cubrirán los gastos en que incurra el ganador o ganadora para el retiro del premio, ni traslados o propinas, ni cualquier otro en que incurra para poder disfrutar del premio recibido. c) No podrán participar en esta dinámica el personal y miembros de la Agencia de Publicidad, personal y miembros de las empresas participantes en ella, así como familiares de las personas indicadas hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. d) No se entregará el premio al ganador o ganadora que no presente su cédula de identidad o pasaporte en buen estado o que no cumpla con las disposiciones de este reglamento. e) Las empresas participantes en esta dinámica no incurrirán en responsabilidad alguna por la no entrega del premio, en caso de que el ganador o ganadora no cumpla con todas y cada una de las disposiciones de este Reglamento.

Artículo Décimo Tercero.- Derechos de imagen

Los participantes autorizan en forma ilimitada, para que, en caso de ser favorecidos como ganadores en esta dinámica, la empresa patrocinadora o cualquier otra que ella designe, haga uso de su nombre e imagen para efectos publicitarios relacionados a la presente dinámica. 

Con el fin de hacer público el resultado de la presente dinámica, el ganador o ganadora autoriza a que su nombre y apellidos, imagen y fotografías, aparezcan en publicaciones y demás medios publicitarios y en general autoriza su uso en todo material de divulgación de las actividades posteriores a la dinámica y vinculadas a ésta, como lo es la entrega del premio, sin que ello implique remuneración o compensación adicional, renunciando así el participante al cobro de derechos de imagen por este concepto.

Artículo Décimo Cuarto. - Deber de veracidad

Será descalificado y por lo tanto no considerado como ganador, aquel participante que en alguna forma incurra en falsedad en el suministro de sus datos personales o en su identificación al retirar el premio, que presente documento de identidad falso o que del todo no lo presente.

Artículo Décimo Quinto.- De la suspensión de la dinámica

La patrocinadora podrá suspender en forma temporal o definitiva, la dinámica regulada mediante el presente Reglamento ante eventos de caso fortuito o de fuerza mayor que impidan la continuación de la misma. Dicha suspensión deberá comunicarse mediante publicación escrita en la página Welchscr y en la página designada para esta promoción.

Artículo Décimo Sexto.- Información

Para mayor información o consultas , los interesados pueden llamar al teléfono 24367000 con el departamento de Servicio al Cliente de Ciamesa SA.